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_Marta Rial Abogados | Derecho Laboral

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El artículo 35.1 de la Constitución Española establece que todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

Para defender estos derechos constitucionales ponemos a su disposición nuestra experiencia basada en el diálogo y en soluciones alternativas a la vía judicial, pero resultando inflexibles cuando fracasen los intentos conciliatorios.

Entre otras materias le asesoramos en:
Despidos improcedentes, nulos y disciplinario.
Conciliaciones y reclamación previa.
Extinción del contrato por causas objetivas, por voluntad del trabajador, mutuo acuerdo de las partes, por tiempo
convenido, finalización de obra, dimisión del trabajador, fallecimiento o jubilación del empresario.
Infracciones y sanciones.
Relaciones laborales de carácter especial, derechos laborales.
Reclamaciones de cantidad, salarios, complementos, horas extras y clasificación profesional. Vacaciones y descansos.
Contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo, a domicilio.
Seguridad e higiene.
Indemnizaciones en accidentes laborales.


Marta Mª Rodríguez Rial | República Argentina, 46 - 4º B - Santiago | Telf. 981 553 671


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